Libertad De Asociación
La posibilidad de fundar sindicatos y sindicarse en un derecho humano fundamental, y las organizaciones sindicales pueden desempeñar un papel fundamental a la hora de representar y apoyar a los trabajadores y trabajadoras migrantes. Sin embargo, las organizaciones sindicales se enfrentan a una serie de limitaciones en la legislación y en la práctica, que les impiden desempeñar su papel y para los trabajadores y trabajadoras migrantes puede ser más difícil acceder a los mismos niveles de protección sindical de que gozan los nacionales. Aquí se analiza la medida en que los gobiernos ofrecen espacio a las organizaciones sindicales para que desempeñen un papel activo en la protección de los trabajadores y trabajadoras migrantes, y hasta qué punto esto afecta a los trabajadores y trabajadoras. Los Principios generales y directrices para la contratación equitativa de la OIT destacan la necesidad de que las organizaciones de trabajadores y los “interlocutores sociales” participen en todos los principales procesos reguladores y de que los acuerdos bilaterales respeten los acuerdos colectivos existentes.
Libertad de asociación en la legislación (9.1)
Esta sección evalúa si los trabajadores y trabajadoras tienen derecho legal a fundar sindicatos y sindicarse y si pueden hacer huelgas y participar en negociaciones colectivas. En algunos países, a los trabajadores y trabajadoras migrantes se les impide completamente sindicarse, mientras que en otros países se restringe la sindicación de los trabajadores y trabajadoras de ciertos sectores.v
Libertad de asociación en la práctica (9.2)
Esta sección evalúa si las organizaciones sindicales pueden trabajar de forma efectiva en la práctica, y si no están expuestas a hostigamiento y acoso. Algunos gobiernos permiten las organizaciones sindicales en sus legislaciones, pero las “controlan” para neutralizar sus actividades y los activistas y miembros sindicales pueden sufrir presiones, amenazas o situaciones peores por parte de empleadores y gobiernos.