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Mexico - Canada: Reclamaciones y solución de conflictos

Los mecanismos para que las trabajadoras y trabajadores migrantes mexicanos puedan pedir rendición de cuentas a los reclutadores explotadores no están plenamente desarrollados. Con arreglo a la legislación, los reclutadores de mano de obra son responsables de los gastos de repatriación si se engaña a una trabajadora o trabajador sobre las condiciones laborales en el extranjero, pero ni la ley ni la normativa prevén otras formas de reparación o compensación. A través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) pueden solicitar que se haga una inspección a los reclutadores o pueden presentar una queja ante el Ministerio Público en caso de fraude, pero en la práctica, rara vez se realizan inspecciones a raíz de una queja. Las personas que presentan quejas se exponen a que los reclutadores las incluyan en listas negras, lo que disuade a otras de presentar reclamaciones. Para las trabajadoras y trabajadores del PTAT en Canadá que pueden presentar reclamaciones, el primer punto de contacto designado son los consulados mexicanos en dicho país, que operan una línea directa 24 horas al día, 7 días a la semana. Su planteamiento es tratar de mediar y, si esto no puede lograrse, explorar opciones para que estos trabajadores o trabajadoras cambien de empleadores. Únicamente presentan casos ante las autoridades canadienses cuando tienen motivos para sospechar que se ha violado la legislación federal o provincial. Los consulados tienen una gran carga de trabajo y recursos limitados. Tanto las trabajadoras y trabajadores como quienes los apoyan han aludido en repetidas ocasiones a la tendencia del personal consular a ponerse del lado de los empleadores, aparentemente por temor a disuadir a los empleadores agrícolas de contratar a mano de obra mexicana. Sin embargo, los representantes sindicales y otros expertos han señalado que el personal consular mexicano con frecuencia es proactivo y está comprometido a apoyar a las trabajadoras y trabajadores que presentan quejas, y la mayoría coincide en que las competencias más amplias que el PTAT concede al personal funcionario del Estado de origen mejoran la capacidad de estos trabajadores y trabajadoras para presentar reclamaciones, en comparación con aquellas personas que no forman parte del PTAT.

Canadá cuenta con múltiples mecanismos para aceptar reclamaciones de las trabajadoras y trabajadores. De hecho, algunos expertos sostienen que los sistemas de protección laboral de Canadá dependen demasiado de estas reclamaciones y no son lo suficientemente proactivos. Dichas reclamaciones pueden presentarse de diversas maneras y la naturaleza del asunto determinará la vía a seguir. Por ejemplo, se puede presentar una reclamación relativa a las normas laborales provinciales, dar una "pista" a las autoridades federales sobre el incumplimiento del Programa de Trabajadores Extranjeros Temporales (TFWP), presentar una denuncia por discriminación en virtud de los códigos provinciales de derechos humanos, presentar una reclamación ante el organismo nacional regulador de consultores de inmigración o hacer una denuncia penal por trata de personas. Para los trabajadores y trabajadoras, puede resultar confuso saber cuál es el mecanismo de reclamación adecuado a seguir. No hay presupuesto para asistencia jurídica para las trabajadoras y trabajadores migrantes que presentan quejas laborales, salvo que puedan clasificarse como trata, por lo que a menudo dependen del apoyo de intermediarios de organizaciones de la sociedad civil y de sindicatos. Con ese apoyo pueden presentar y presentan casos con resultados satisfactorios y, por lo general, reciben el pago atrasado ​​del salario que se les adeuda. Las trabajadoras y trabajadores estacionales en muchos casos son reacios a presentar reclamaciones, ya que los procesos requieren mucho tiempo y las reclamaciones en virtud de la legislación federal se demoran unos 200 días, normalmente un período más largo que el tiempo que pasan en el país. La barrera más importante para quienes presentan reclamaciones es el temor a represalias, en particular, la rescisión del contrato y la repatriación. Los empleadores pueden despedir a cualquier trabajadora o trabajador que haya estado empleado menos de dos años dándole un preaviso de entre 7 y 14 días, según la provincia, o abonando un pago en lugar del preaviso. A las personas que han estado empleadas por períodos más cortos se las puede despedir sin aviso previo. Esta situación, combinada con el permiso de trabajo cerrado que es una parte integral del TFWP, reduce la probabilidad de que las trabajadoras y trabajadores presenten reclamaciones, ya que, en la práctica, los empleadores tienen la capacidad de despedirlos y repatriarlos. En 2019, el gobierno introdujo el programa “Permiso Abierto” para las trabajadoras y trabajadores vulnerables, con el fin de “ofrecer a las trabajadoras y trabajadores migrantes que padecen abusos, o que están en peligro de sufrirlos, distintos medios de dejar a su empleador". Todavía es muy pronto para decir si el programa ayudará a aumentar la confianza de estas personas en los mecanismos de reclamación y reducirá de forma significativa sus temores a represalias. Los primeros comentarios recibidos indican que, si bien quienes solicitan acceder al programa tienen muchas posibilidades de éxito, es un proceso complejo y resulta un reto para las trabajadoras y trabajadores que no cuentan con la asistencia de organizaciones de la sociedad civil o sindicatos, como ha reconocido el propio el gobierno. Los trabajadores y organizaciones de trabajadores también han expresado preocupación por el hecho de que los trabajadores y trabajadoras tienen dificultades para conseguir un empleo, solicitar un seguro de empleo y encontrar alojamiento alternativo incluso en los casos en que reciben un permiso de trabajo abierto para dejar un empleador abusivo.

En 2020 se introdujo un mecanismo de reclamación adicional a través del acuerdo de libre comercio entre Canadá, Estados Unidos y México y su mecanismo laboral de respuesta rápida que se aplica a los tres gobiernos. En la actualidad, dos reclamaciones están siendo revisadas mediante este mecanismo.

Recomendaciones al gobierno mexicano:

  • Destinar más recursos a sus consulados en Canadá y dar instrucciones explicitas a su personal funcionario para que su principal prioridad sea la seguridad y dignidad de los trabajadores. Garantizar que se informa a las autoridades federales y provinciales canadienses de todas las reclamaciones presentadas por los trabajadores y trabajadoras mexicanos sobre sus empleadores, incluso cuando el consulado resuelve dichas reclamaciones a través de mediación.
  • Establecer mecanismos de reclamación y reparación accesibles para los trabajadores y trabajadoras que sufren abusos y fraude, ya sea por parte de reclutadores autorizados como no autorizados.
  • Autorizar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para asistir a los trabajadores y trabajadoras migrantes y solicitantes de empleo mexicanos que hayan sido víctimas de fraude en la contratación laboral.
  • Dar seguimiento a las reclamaciones y mantener informadas a las personas migrantes para generar confianza en el proceso de inspección.

Recomendaciones al gobierno federal canadiense:

  • Destinar presupuesto federal a asistencia letrada para ayudar a los trabajadores y trabajadoras migrantes, especialmente en la identificación de la entidad apropiada ante la que presentar una reclamación y en la cumplimentación de los formularios federales y provinciales de reclamación y procesos asociados, tales como la obtención de un permiso de trabajo abierto en situaciones de abuso.
  • Reducir el tiempo medio que se necesita para procesar una reclamación a nivel federal en el marco del Programa de Trabajadores Extranjeros Temporales (TFWP) e informar a los trabajadores y trabajadoras sobre el avance de sus reclamaciones.
  • Reducir la carga administrativa asociada a la solicitud de un permiso de trabajo abierto para trabajadores vulnerables, para permitir que los trabajadores y trabajadoras puedan presentar reclamaciones sin temor a ser repatriados.
  • Estudiar en qué forma el permiso de trabajo para un trabajador específico contribuye a impedir que las víctimas de abuso presenten reclamaciones ante las autoridades competentes y publicar los resultados.

Recomendaciones a los gobiernos federales y provinciales canadienses:

  • Introducir medidas para evitar la rápida repatriación de los trabajadores y trabajadoras, en línea con los cambios recientemente introducidos en Quebec; y facilitar que continúen las inspecciones y se compense a los trabajadores y trabajadoras por inspecciones provinciales y federales incluso después de que hayan regresado a sus países de origen.